Beneficiarios

Podrán solicitar la subvención las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas menores de 45 años, que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo en municipios de menos 50.000 habitantes y entidades locales autónomas o aldeas de municipios de menos de 50.000 habitantes de la provincia de Córdoba.

Las personas beneficiarias tendrán que haberse dado o darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en el Impuesto de Actividades Económicas en el periodo comprendido desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el fin del plazo de solicitud establecido el 31 de octubre de 2025.

Cuantía

La cuantía de la subvención se determinará en función del número de habitantes del municipio, entidad local autónoma o aldea donde resida la persona solicitante, que deberá coincidir con el lugar de la titularidad

del nuevo negocio autónomo que se haya creado Municipios hasta 3.000 habitantes: 3.000 euros y municipios de 3.001 hasta 50.000 habitantes: 2.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, hasta el 31 de octubre de 2025.

Otros datos

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

– Plan de viabilidad de la actividad empresarial (Anexo II)

– Informe de vida laboral o certificado de la mutua elegida por la persona autónoma.

– Modelo 036 de declaración censal de alta de actividad económica.

– Designación de cuenta bancaria para transferencia debidamente cumplimentado (Anexo V).

– Certificado de empadronamiento actualizado*

– Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria*

– Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social*

No es necesaria la aportación de dicha documentación por parte de los beneficiarios, si no se rechaza en la solicitud telemática, realizando la verificación de estos datos el Departamento de Empleo por la

Plataforma de Intermediación. Solo en caso de rechazo deberá aportar dicha certificación en “otra documentación”.

PARA INFORMACIÓN Y AYUDA EN SU TRAMITACIÓN PUEDEN CONTACTAR CON: 

CADE Pozoblanco

Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza

T: 957.748.409 (Corp. 636743)