Con fecha 22 de octubre de 2013 el Pleno Municipal aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, en ella se contempla la bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del IBI Urbana de aquellos inmuebles que constituyan el domicilio habitual de familias numerosas.

Con fecha 22 de octubre de 2013 el Pleno Municipal aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, en ella se contempla la bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del IBI Urbana de aquellos inmuebles que constituyan el domicilio habitual de familias numerosas.

Para optar a ella en el ejercicio 2021, las personas interesadas deberán solicitar dicha bonificación, acompañando a la solicitud la siguiente documentación:

  • Fotocopia del último recibo del Impuesto.
  • Fotocopia compulsada del título de familia numerosa, que acredite dicha condición en el momento de devengo del Impuesto (1º de enero)
  • Certificado municipal de inscripción padronal, que incluya la totalidad de los miembros de la unidad familiar (colectivo)

El plazo de solicitud finaliza el próximo 25 de febrero.

Para más información, en las oficinas del Ayuntamiento.