IPRODECO acaba de anunciar la Convocatoria de Subvenciones para el Mantenimiento y Consolidación del Empleo Autónomo de la Provincia de Córdoba «Impulsarte 2024». El plazo de solicitud estará abierto hasta el próximo 26 de agosto. Os dejamos toda la información y el extracto de dicha convocatoria.

OBJETO
            Fomentar la consolidación de los proyectos empresariales sustentados en el trabajo autónomo en la provincia de Córdoba, que han iniciado su actividad con anterioridad 1 de enero de 2023, propiciando así el mantenimiento y consolidación del tejido productivo de nuestra provincia.
PRESUPUESTO
            El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente Convocatoria es de 450.000,00€.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
          La cuantía de las subvención por beneficiario será de mil quinientos euros (1.500,00€). Esta cuantía se fija como un importe cierto y no es un porcentaje o fracción del coste o del presupuesto total de las acciones financiadas, por lo que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones se entiende que queda de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada.
RÉGIMEN DE CONCESIÓN
          Régimen de concurrencia competitiva
BENEFICIARIOS
Podrán solicitar la subvención objeto de las presentes bases y obtener la condición de beneficiarios las personas trabajadoras autónomas (*) que reúnan los siguientes REQUISITOS:
Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o de los/as trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional con mutualidad alternativa, al menos desde el 1 de Enero de 2023 de manera continuada, la acreditación de este requisito se deberá reflejar en el  Informe de Vida Laboral. 
Estar ubicadas y ejercer su actividad económica, en cualquiera de los municipios de la provincia de Córdoba con población inferior a 50.000 habitantes. Aquellas actividades económicas que tengan un ámbito superior al provincial se entenderán que no cumplen el requisito anteriormente mencionado. La acreditación de los mencionados requisitos se deberá reflejar en el Certificado de Situación en el Censo del Impuesto Actividades Económicas, mediante la dirección del local o establecimiento donde desarrollen la actividad económica, afecto a la misma. En el caso que desarrollen su actividad fuera de local determinado, se tendrá en cuenta el municipio donde desarrolle su actividad recogido en el Certificado de Situación del Censo el IAE. Los datos recogidos en el mencionado certificado acreditarán el cumplimiento de los requisitos así como a efectos de otorgar la puntuación en el autobaremo, en todos los criterios.
Estar al corriente de las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social y de sus Obligaciones con IPRODECO y Diputación de Córdoba.
Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases, en la LGS y en el Reglamento.
A los efectos de las presentes bases se entenderá por (*) personas trabajadoras autónomas las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo. 
 
PLAZO DE EJECUCIÓN
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024. 
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Se consideran elegibles únicamente los siguientes gastos corrientes:
Cuotas de la seguridad social referentes al RETA o mutualidad alternativa.
Alquiler del inmueble donde ejerce y desarrolla la actividad, en la que figure la persona autónoma como arrendatario.
Suministros de electricidad, agua, gas, telefonía y/o conexión a Internet en el que figure como titular el solicitante de la ayuda, y el domicilio se corresponda con la dirección del centro de trabajo.
Costes de Marketing y publicidad (diseños de envases y etiquetas, logotipos, campañas de comercialización,..).
CRITERIOS DE VALORACIÓN
1.- Según el número de habitantes del municipio donde se desarrollan su actividad económica (Máximo 7 puntos):
Municipios de hasta 3.000 habitantes —————— 7 puntos
Municipios entre 3.001 y 10.000 habitantes ———-5 puntos
Municipios entre 10.001 y 50.000 habitantes ——- 2 puntos

2.- Según el tiempo que lleva constituido como Autónomo/a de manera continuada (según Base 4). (Máximo 10 puntos)
Permanencia  de más de 5 años ————————- 10 puntos
Permanencia entre 3 y 5 años ——————————- 5 puntos

Acceso a la solicitud y documentación.