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<strong>Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación 2014</strong>
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Este Ayuntamiento y al amparo del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de Medidas Extraordinarias y Urgentes para la Inclusión Social a través del empleo y el fomento de la solidaridad de Andalucía, pone en marcha el “PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN 2014”.
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Las personas destinatarias de dicho Programa deberán reunir los siguientes requisitos:<br />
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1- Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.<br />
2- Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:<br />
A) Que todos sus miembros al menos un año antes  hayan estado empadronados como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los menores nacidos, adoptados o acogidos con posterioridad a esta fecha.<br />
B) Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:<br />
– Inferior al IPREM (3.195,06 €) para unidades familiares de una sola persona.<br />
– Inferior a 1,3 veces el IPREM (4.153,56 €) para unidades familiares de 2 personas.<br />
– Inferior a 1,5 veces el IPREM (4.792,62 €) para unidades familiares de 3 personas.<br />
– Inferior a 1,7 veces el IPREM (5.431,62 €) para unidades familiares de 4 o más personas. <br />
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.<br />
C) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios.<br />
Las personas interesadas en concurrir a este procedimiento podrán presentar la solicitud y documentación en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento desde el día de la fecha hasta el 8 de agosto, ambos inclusive.</p>
<h4>ANEXO INFORMATIVO</h4>
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<u>PRIORIDAD PARA LA CONTRATACIÓN</u>:<br />
Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto-Ley, tendrán prioridad para la contratación las personas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurran por orden de prelación algunas de las circunstancias siguientes:<br />
1) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la solicitud.<br />
2) Que la persona solicitante o alguno de los que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la mujer.<br />
3) Que alguna de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.<br />
4) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo a cargo.<br />
5) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.<br />
6) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa conforme a la legislación vigente.<br />
7) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo.<br />
8) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.<br />
9) Que la persona solicitante sea mujer.<br />
10) Que la persona solicitante sea mayor de 50 años.
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Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo nivel de prelación, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación y a igualdad de número de circunstancias se considerará la intensidad y duración de las condiciones referidas.<br />
Conforme al artículo 17 del Decreto-Ley 812014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, en el caso de que hubiera dos o más solicitudes de personas que componen una misma unidad familiar para acceder al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación, sólo se atenderá a la que se hubiera registrado antes. Únicamente se podrá contratar a dos o más personas que componen una misma unidad familiar en el caso de que no hubiera solicitudes pendientes de otras unidades familiares.
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<u>MÁS INFORMACIÓN</u>: <br />
Los contratos se realizarán conforme a la normativa laboral vigente y tendrán una duración determinada entre 15 días y  tres meses. Tal como se establece en el Decreto-Ley, la financiación de cada contrato incluido en el Programa no superará, incluyendo las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, los 1.070,00 € en cómputo mensual.<br />
La valoración del proceso de selección se llevará a cabo por los servicios administrativos del Ayuntamiento, que formulará la correspondiente propuesta a la Junta de Gobierno Local, la cual resolverá y aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas que puedan ser objeto de contratación laboral en el marco del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación 2014.<br />
Como consecuencia se establece que en el plazo desde el 23 de julio hasta el 8 de agosto de 2014, ambos inclusive, y en el modelo previsto en el Anexo II del Decreto-ley, los interesados que cumplan los requisitos podrán presentar solicitud de participación en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, o en cualquiera de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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<u>DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA JUSTIFICAR LOS REQUISITOS</u>:<br />
– Solicitud normalizada con arreglo al Anexo II del Decreto-Ley acompañándola de la siguiente documentación:<br />
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante.<br />
b) En el supuesto de matrimonio, el correspondiente libro de familia.<br />
c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Uniones de Hecho que corresponda.<br />
d) Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar de conformidad con lo establecido en el artículo 7 se encuentren empadronados como convivientes en un mismo domicilio al menos el último año al día de presentación de la solicitud de forma ininterrumpida.<br />
e) Informe del Servicio Público de Empleo correspondiente en el que se acredite que la persona solicitante se encuentra inscrita como demandante de empleo y los periodos de inscripción en el año anterior al día de presentación de la solicitud.<br />
f) Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos  percibidos por todas las personas miembros de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación 2014.
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g) Informe de Vida Laboral del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
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h) Declaración del IRPF del último ejercicio o certificado de imputaciones fiscales de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
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<u>DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA</u>:<br />
Para acreditar las circunstancias objeto de valoración, contempladas en el artículo 9, deberá aportar según corresponda, además:<br />
a) Informe de periodos de inscripción del Servicio Público de Empleo, por cada uno de los miembros activos de la unidad familiar, en el que se acredite su situación como demandante de empleo al menos durante seis meses a la fecha de presentación de la solicitud.<br />
b) Título de Familia Numerosa.<br />
c) Certificado de discapacidad o situación de dependencia.<br />
d) Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género<br />
e) Documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.<br />
f) Documentación acreditativa de la situación de familia monoparental con al menos un hijo a cargo.
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<p style= Pedroche, julio de 2014